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Prestación por cuidado de hijos con diabetes

Si tienes un hijo con diabetes y necesitas cuidar de él, por ejemplo, reduciendo tu jornada laboral, debes saber que desde el 2011 hay una ley que establece unas ayudas de tipo subsidio para quienes cumplan ciertos requisitos, que serían los siguientes:

  • Tendrán derecho al subsidio las personas progenitoras, adoptantes y acogedoras de carácter familiar pre-adoptivo o permanente, cuando trabajen y deban reducir su jornada de trabajo, para el cuidado del menor a su cargo afectado por diabetes tipo 1 u otra enfermedad grave. Serán personas beneficiarias del subsidio por cuidado de menores afectados por diabetes tipo 1 o enfermedad grave las personas trabajadoras, por cuenta ajena y por cuenta propia y asimiladas, cualquiera que sea su sexo, que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, un 50 por 100 de su duración, siempre que reúnan la condición general de estar afiliadas y en alta en algún régimen del sistema de la Seguridad Social y acrediten los periodos mínimos de cotización exigibles en cada caso. El subsidio se reconocerá en proporción al porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras.
  • La diabetes tipo 1 o enfermedad grave que padezca el menor deberá implicar un ingreso hospitalario de larga duración que requiera su cuidado directo, continuo y permanente, durante la hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. Se considerará asimismo como ingreso hospitalario de larga duración la continuación del tratamiento médico o el cuidado del menor en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización por la enfermedad grave.
  • La acreditación de que el menor padece diabetes tipo 1, así como la necesidad de ser cuidado directa, continua y permanentemente durante el tiempo de hospitalización y la necesidad de seguir un tratamiento continuado de la enfermedad se efectuará mediante declaración cumplimentada por el facultativo del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario  de la Comunidad Autónoma correspondiente, responsable de la atención del menor.

La ayuda consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales aplicando el porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo. Y el procedimiento para el reconocimiento del derecho al subsidio se inicia con una solicitud a la dirección provincial del INSS, o ante la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que te corresponda.

Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. BOE (30/07/2011).

Fuente: www.diabetes.bayer.es

 

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